Alquiler de vivienda habitual:
- Importe de las ayudas: hasta 900 euros al mes durante un plazo de seis meses.
- Supuestos de concesión: La adjudicación de la ayuda está prevista de modo directo y en los «supuestos de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19», que los concretarán las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
- Solicitudes: le corresponde a las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla determinar el plazo (fecha máxima: 30 de septiembre de 2020) y la forma de presentación de las solicitudes, mediante resolución o acuerdo, que será objeto de publicidad, y que se realizará a la mayor brevedad posible.
- Compatibilidad de las ayudas: se establece la compatibilidad mientras las ayudas no superen el 100% del importe del alquiler que se abone, y deben estar destinadas al pago de la renta o del préstamo que se haya contratado para poder hacer frente a la renta.
Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables:
- Importe: Ayudas que podrán adjudicarse de forma directa de hasta 900 euros al mes para la renta del alquiler y de hasta 200 euros adicionales para gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básico.
Programa de fomento del parque de vivienda en alquiler:
- Se establece la posibilidad de que las Administraciones compren viviendas por las para aumentar el parque público de viviendas, creando ayudas de hasta 400 euros por metro cuadrado útil de vivienda y de hasta el 60% del coste de compra.